Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA la instancia en la querella interpuesta en fecha 20 de octubre de 2.010, por el ciudadano Jorge Rafael Quiñones, titular de la cédula de identidad N° 2.144.938, asistido por el abogado Ivan Centeno Biñose, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.242, contra el Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (Cámara Municipal).