En consecuencia, este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: LA ENTREGA MATERIAL del inmueble, y pone en posesión del mismo a la ciudadana MARCELINA CHAVEZ FLORES, parte actora en el presente caso de marras; y SEGUNDO: En cuanto al monto a embargar en el mandamiento de ejecución el cual es de VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 21.450,oo); cantidad líquida a embargarse, este Tribunal deja expresa constancia que en este acto se hace entrega de la cantidad DIEZ MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (Bs. 10.725,oo), en efectivo el ciudadano ALEXIS ALFONSO SOLORZANO VALERA a favor del ciudadana MARCELINA CHAVEZ FLORES, en su carácter de demandante