PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el Recurso de Apelación de Auto, presentado la abogada ZULEIMA ABREU, en su carácter de defensora Publica Segunda, adscrita a la Coordinación Regional de la Defensa Pública del estado Aragua actuando en representación del adolescente DANIEL ALEJANDRO CANELON CONTRERAS, titular de la cedula de identidad N° V- 32.494.874, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 440, 441 y 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por la abogada ZULEIMA ABREU, en su carácter de defensora Publica Segunda, adscrita a la Coordinación Regional de la Defensa Pública del estado Aragua actuando en representación del adolescente DANIEL ALEJANDRO CANELON CONTRERAS, titular de la cedula de identidad N° V- 32.494.874, en contra de la decisión dictada y publicada en su texto íntegro en fecha quince (15) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024) por el Tribunal Segundo (02°) de Primera Instanc.....