Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Tribunal Séptimo (7°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por los abogados Johann Joubert, Rodrigo Krentzien y Oswaldo Blanco, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, sociedad mercantil COMERCIAL MONCLOA, C.A., contra la ciudadana Ana Barreto en su carácter de Juez Décimo Cuarto (14º) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido contra la sociedad mercantil COMERCIAL MONCLOA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de la recusación. TERCERO: SE IMPONE al abogado recusante Oswal.....