DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano BRAYAN ALEXANDER MARTÍNEZ MATA, titular de la cedula de identidad Nº V-26.849.528, de 26 años de edad, fecha de nacimiento: 08-04-1999, profesión u oficio: SEGURIDAD. Residenciado en: SAN CASIMIRO, SECTOR LOS MANGOS, CALLE PRINCIPAL, CASA N° 27, ESTADO ARAGUA. TELÉFONO: NO POSEE, a cumplir la pena de de OCHO (08) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por el delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 406, concatenado con el artículo 80, todos del Código Penal, .....