III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a sus hijos los ciudadanos KARLA ANDREINA DUQUEZ LUNA, CARLOS EDUARDO DUQUEZ LUNA Y LEIDYSMAR LUNA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-27.048.771, V-30.754.654, V-15.601.434, respectivamente, de la causante GILCIA BENIGNA LUNA LIRA, quien en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad NºV-8.741.718, quien falleció en fecha nueve (9) de septiembre de 2024, tal como consta en Acta de Defunción emanada del Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, bajo el Acta N° 362, Año 2024, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando salvo en forma clara y expresa.....