-DISPOSITIVA-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 14 de octubre de 2025, por las partes actuantes en este proceso, parte demandante, ciudadana ELIS CARMEN GARCIA GONZALEZ, debidamente asistida por la abogada VICTORIA QUINTERO AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.981; y parte demandada, ciudadanos PEDRO ALONSO BORROTO, MOHAMAD AHMAD MAJZOUB y ALI ABDUL RAHMAN EL MAJZOUB, representados por su apoderado judicial, PABLO FRANCISCO LEDEZMA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.380. Téngase la presente decisión como autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y .....