DISPOSITIVA
En merito a los razonamientos expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 2, 26, 253, 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 1 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA: UNICO: IMPROCEDENTE de separación de la causa en cuanto al acusado Edixon Astudillo, formulada por la defensa privada Abg. AURA Elizabeth Rodríguez.
Publíquese, déjese Copia Certificada y Notifíquese a las Partes. Cúmplase
La Jueza
ABG. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA
La Secretaria
ABG. MARTHA ALVAREZ