Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
-SIN LUGAR las cuestiones previas
-SIN LUGAR la reconvención propuesta por la parte demandada.
-CON LUGAR la demanda intentada por TRIPLESIETE S.R.L., contra los Ciudadanos CARLOS FRANQUIZ LUCENA Y ROSA MARÍA SILVA HERNÁNDEZ, y condena a la parte a:
PRIMERO: Entregar el siguiente inmueble: Un apartamento distinguido con el N° 06, que forma parte del Edificio Libertad Norte, N° 27, en la Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua.-
SEGUNDO: En pagar las costas del presente proceso.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay a los dieciséis (16) días del mes de noviembre de dos mil nuev.....