El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la oposición formulada por la representante de la Procuraduría General de la República, y en consecuencia, INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente FABRICA NACIONAL DE CEMENTOS, S.A.C.A.-