DISPOSITIVA
En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: la PENA CUMPLIDA POR EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en lo que respecta a la pena corporal al penado LUIS ALEJANDRO BALLESTA RUIZ, Titular de la Cédula de Identidad N° INDOCUMENTADO, soltero, Venezolano, domiciliado en el SECTOR FUNDA COROPO, EL PROCESO, CALLE 23 DE ENERO, NRO. 26, SANTA RITA, ESTADO ARAGUA. SE ACUERDA: LA LIBERTAD PLENA del referido ciudadano en relación a la presente Causa signada con el N° 2E-6167-21 ORDENA: la remisión de la misma, en su oportunidad legal al ARCHIVO de este Estado, a los fines de su archivo definitivo. Ofíciese a la Dirección General de Control al Procesado y penado del Ministerio del Poder Popular para los Servicios Penitenciarios al Cons.....