En virtud de lo anterior, y tratándose que el desistimiento realizado por la accionante abarca tanto el procedimiento como la acción, este Juzgado, en aplicación de la norma antes transcrita, y sin necesidad del consentimiento de la parte contraria, da por consumado el acto, debiendo procederse como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, (en transición), a los dieciséis (16) días del mes de
diciembre del año dos mil ocho (2008).- Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
La Juez Titular,
Dra. Carolina García Cedeño
El Secretario Acc.,
Abg. Jesús Albornoz Hereira
En la misma fecha se publicó y registró la decisión anterior, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo de este Juzg.....