Vista la diligencia presentada por el abogado JORGE CARDENAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 42.125, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la cual se da por notificado y visto el estado procesal del expediente, se procede en cumplimiento con lo establecido por el artículo 88 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, este Juzgado y vista la solicitud realizada por el apoderado judicial de la parte actora se ordena: 1.- librar oficio a la Procuraduría General de la República remitiéndole copia certificada de la decisión y la experticia complementaria del fallo, a los fines de que este organismo la remita al ente demandado para que incluya el monto condenado a pagar en la partida respectiva de los próximos dos (2) ejercidos presupuestarios, de conformidad con lo norma precitada. Asimismo y a modo de agilizar estos procedimientos se ordena: 2.- .....