Por virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia emanada de las ciudadanas y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA Y DE LA PRETENSION EFECTUADO POR LA PARTE DEMANDANTE
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay, a los dieciseis (16) días del mes de diciembre del año Dos Mil Catorce. Años 200º de la Independencia y 153º de la Federación.-
EL JUEZ (FDO Y SELLO)
ABG. MAZZEI MANUEL RODRIGUEZ
LA SECRETARIA (FDO)
ABG. MARILIS RODRIGUEZ.-
EXP: 7276
MR/AR/Rina