Este Tribunal, con relación a su contenido, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 263 de la Ley Adjetiva. Se ordena la suspensión de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada en fecha 08 de Diciembre de 2006, sobre bienes muebles propiedad del intimado, muy especialmente sobre el vehiculo de las siguientes características:
PLACA: AFL-70P, MARCA: VOLKSJWAGEN, MODELO: POLO SEDAN CONFORLINE 1.6, AÑO: 2006, COLOR: GRIS COSMO, SERIAL DE CARROCERIA: 98WJB08NX8P006518, SERIAL DE MOTOR: 8AH276416. Se ordena librar oficio al Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de esta Circunscripción Judicial, a los fines de recabar la comisión que le fuera librada por este despacho en fecha 08/12/2006.
El Juez, .....