REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
196° y 147°
Maturín, 17 de Enero del 2.007
Vista la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL presentada por la ciudadana ELENA BELLORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.367.834, de este domicilio, quien actúa en representación de su hija (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), venezolana, de Quince (15) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.646.768, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada TAMARA PEREZ DE RICHARD, en su carácter de Defensor Público Suplente de Protección del Niño y del Adolescente de este Estado, admítase, anótese, numérese y fórmese expediente. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Constitución Nacional de la República .....