Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada MARIBEL TORO ROJAS, apoderada judicial del ciudadano HENRY HANS CLEVE LEFEBRE, contra la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la reposición la causa al estado de que se cumpla con la formalidad de fijación prevista en el Artículo 231 del Código de Procedimiento Civil y de ser el caso, la nulidad de las actuaciones efectuadas a partir del día 17 de marzo de 2009, exclusive, y la notificación del Fisco Nacional por intermedio del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduane.....