Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo Tercero de Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la Oferta Real de Pago instaurada por la empresa Transporte Boigen (CA.), a favor del ciudadano José León López,