este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: CONDENA a la acusada ENMA RAMONA MARQUEZ, quien es venezolano, nacida en fecha: 15-07-1955, de 67 años de edad, titular de la cedula de identidad No. V-19.607.833, soltera, residenciada en SECTOR PRADO I, CALLE 13, CASA NRO. 29, MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, ESTADO ARAGUA, en virtud de la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas; igualmente se le condena cumplir las penas accesorias de Ley prevista.....