PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por el abogado ARMANDO FLORES, en su carácter de defensor público del imputado FIRTZ WILLIAM REECC MORALES. SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso de Apelación presentado, por el abogado ARMANDO FLORES, en su carácter defensor público del imputado FIRTZ WILLIAM SEECC MORALES, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, bajo la causa signada con el alfanumérico Nº 3C-23.973-18 (Nomenclatura del Tribunal de Instancia), en fecha treinta y uno (31) de enero de dos mil dieciocho (2018), mediante la cual entre otros pronunciamientos acordó la medida de privación judicial preventiva de libertad, previo a acoger la precalificación fiscal por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y Uso de Facsímil, previsto y sancionado en el artículo 114 de .....