Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar el recurso de apelación propuesto por los abogados CARLOS J. LANDAETA CIPRIANY y FRANCISCO GADEA LOVERA, quien actúan con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVESTRE JOSE TOVAR LEOPARDI, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de Septiembre de 2008, por el JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual: “ DECLARA sin lugar la solicitud presentada por los ciudadanos: CARLOS J. LANDAETA CIPRIANY y FRANCISCO GADEA LOVERA, actuando en este acto como apoderados del ciudadano SILVESTRE TOVAR LEOPARDI, en virtud que no se ha verificado vulneración de derecho alguno.....