De acuerdo con la motivación expuesta, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Guerra Betancourt Ramón Emilio, contra las supuestas lesiones constitucionales infringidas por el ciudadano Luís Rafael Zambrano Guerra, ambas partes plenamente identificadas.
Por haberse dictado la presente decisión fuera del lapso legal correspondiente, se ordena notificar a la accionante.