LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, ejercida por la ciudadana AYMARÁ ARAUJO MARÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.228.409, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.350, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES PESO INPESOCA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha doce (12) de julio de 2004, anotado bajo el N° 50, tomo 37-A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte solicitante a fin de que dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes al de hoy, se de por notificada, a los fines de que pueda ejercer los recursos correspondientes, advirtiéndoles que vencido éste plazo se ordenará la desincorporación y remisión del archivo judicial del presente expedient.....