Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la Abogada BEATRIZ CÁRDENAS ARENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 37.171, actuando en su condición de apoderada judicial Sociedad Mercantil "MOTORES VENEZOLANOS C.A. (MOTORVENCA)., ut supra Idem, contra el acto administrativo contenido en el Certificación Nº 00239-10, de fecha 17 de agosto de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Aragua (DIRESAT-ARAGUA), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante la cual se certifica que la ciudadana MARY CARMEN PIÑA, identificada con la cédula de Identidad Nº 14.436.606, cursa con síndrome de Túnel Carpiano derecho sensitivo m.....