En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de enero de 2014, por la abogada ALIDA VEGAS GUZMÁN, inscrita en el inpreabogado Nº 104.927, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana YACELLY DEONAZA CORALES BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.614.119, contra la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de enero de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional d.....