Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos; éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: LA SUSPENSIÓN DE LA CAUSA al estado en que el demandante de autos solicite nuevamente la citación de todos los demandados, ciudadanos IRENE JOHANA MALDONADO GONZALEZ, SARAHI DAYANA MALDONADO TOCHON y JHONATAN ISMAEL MALDONADO TOCHON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.587.749, V-16.407.648 y V-14.296.011, respectivamente, en sus domicilios; Barrio 23 De Enero, Calle Unión, N° 153, Maracay, Municipio Girardot Del Estado Aragua, a fin de salvaguardar su derecho a la defensa y al debido proceso. SEGUNDO: dejar sin efecto la citación efectuada a la ciudadana IRENE JOHANA MALDONADO GONZALEZ titular de la cédula de identidad Nro. V -23.587.749, en fecha .....