DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 447 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de diciembre de 2010, por la abogada en libre de ejercicio XIOMARA JAMILETH SÁNCHEZ RAMÍREZ, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ PIRONA GÓMEZ y VICTOR MANUEL MERCEDES ZAMBRANO, con fundamento en el artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 26 de noviembre de 2010, mediante la cual negó la entrega del vehículo requerido.