D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos JHOSELIN CARPIO FUNES y VICTOR MANUEL SALAZAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-12.337.474 y V-4.567.926 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde día diecisiete (17) de julio del año mil novecientos noventa y uno (1991), por ante el Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 594, del año 1991.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala d.....