Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentado por los ciudadanos ZOLIMAR BEATRIZ ZAVALA SOTO y MANUEL RAFAEL JIMENEZ BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.272.830 y V-17.609.396 respectivamente, asistidos por el (la) abogado (a) MANUEL ZABALA., IPSA N° 85.596. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, en fecha 21 de julio del año 2005, según acta Nro. 072, Folio 09, Tomo 3, Año 2005, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ejecútese definitivo de la presente sentencia.....