SE DECRETO EL SOBRESEIMIENTO, a favor del ciudadano: ANTONIO JOSE ROMERO, venezolano titular de la cedula de identidad N° V-16.479.598 y domiciliado en la puente casa S/n sector la lucha de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 48 numeral 08 ejusdem,. Definitivamente Firme La presente resolución generara los efectos del Articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal