En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la impugnación de la experticia presentada por el Lic. Pedro Alvarez, reclamo interpuesto por la parte demandada; en el juicio de Prestaciones Sociales interpuesto por la ciudadana EVA CAROLINA RODRIGUEZ QUINTERO contra la Sociedad Mercantil MADE IN PRODUCTIONS 1971 C.A., ambas partes plenamente identificados en este fallo.