En tal sentido, este Tribunal observa que el recurrente no especifica el domicilio del ciudadano ROMULO GAINZA, titular de la crédula de identidad N° V- 17.798.989, quien es el tercero interesado en el presente asunto, a los fines de que sea practicada su notificación; tampoco indica los datos relativos a la creación o registro de la Junta de Condominio del Conjunto residencial ni tampoco consigna documentación alguna que le haga presumir a este Tribunal, la representación con que dice actuar la Ciudadana GLADIS MARIA RIOS, ello así, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, solicitar a la parte actora, suministre la referida información, a fin de que en un lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la presente fecha, sea consignada en el expediente.; advirtiéndosele que de no suministrar la información antes indicada, se declarará la inadmisibilidad de la demanda que encabeza las presentes actuac.....