Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en los artículos 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Faltándole por cumplir TRES (03) MESES DE SERVICIO COMUNITARIO. Se fija como nueva fecha para la revisión de la medida el día MIERCOLES 19 DE JULIO DE 2017.Impóngase al sancionado. Notifíquese a las partes, ofíciese y envíese copia certificada al Programa de Libertad Asistida. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-