En merito de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE, la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la Abogada MARISOL VIERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.046.265, Procuradora de Trabajadores inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 100.646, actuando en representación del ciudadano JOSE ANGEL PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 13.948.258, contra la Sociedad Mercantil "PLASTICOS GUARENAS, C. A." en virtud de la vulneración de los derechos constitucionales contenidos en los artículos 87,89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de la contumacia en el cumplimiento de la orden de reenganche y pago de salarios caídos de la accionante, contenida en la Providencia Adm.....