III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: HOMOLOGA el desistimiento del recurso ordinario de apelación efectuado en fecha 15 de abril de 2010 por el abogado WILIAM LÓPEZ LINAREZ en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 08 de abril de 2010, dictada por el juez a quo, por aplicación de lo estatuido en los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión, a los fines de su archivo en el copiador de sentencias interlocutorias que lleva este juzgado, como lo dispone el artículo 248 eiusdem.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en sala de Despacho del Juzgado Superior .....