DECRETA:
PRIMERO: LA PROTECCIÓN CAUTELAR INNOMINADA A LOS ANIMALES (EQUINOS) ubicados en el predio denominado Agropecuaria C-19 (Haras La Primavera, ubicada en la carretera Palo Negro-Magdaleno, Callejón Agrolucha, Parcela S/N, Sector Caño Rico, Municipio Zamora, estado Aragua, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con callejón privado en medio, con fundo que es o fue de Paulino Hernández; SUR: Con cruce del Río Caño Rico y Fundo que es o fue de Juan Antonio Rodríguez; ESTE: Con callejón público en medio que es su frente y Fundo que es o Fue de jorge Rodríguez y OESTE: Con agua y playas del Lago de Valencia, como mecanismo idóneo como garantía en el cumplimiento de normas de orden público, para que se de continuidad en las actividades de cuido, alimentación, ejercitación y cualquier otra actividad tendiente a proteger la integridad física y psicológica de los animales.
SEGUNDO: La presente medida cautelar será aplicada de la siguiente manera: 1. Las yeguas preñadas q.....