Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: SIN LUGAR la defensa perentoria de fondo opuesta por el demandado Donato Ferri De Ascaniis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.687.729, contra la parte actora Gaetano Di Damaso De Ascaniis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 6.298.503. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de disolución y liquidación de la sociedad mercantil Industrias del Mueble - INDUMUEBLE C.A. interpuesta por el ciudadano Gaetano Di Damaso De Ascaniis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 6.298.503, contra el ciudadano Donato Ferri De Ascaniis, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.687.729; TERCERO: por no haber vencimiento total no hay condenatoria en costa.