Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia de fecha 09 de febrero de 2009, dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Maigualida Díaz, Francisco Marquina, Carlos Ariza, Eder Ariza, Rafael Pérez Molina, Atanacio Martínez, Eudoro Ochoa y Héctor Terán contra Eurobuilding Internacional, C.A. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 09 de febrero de 2009, dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.