// Se dictó resolución mediante la cual se declaró, PRIMERO: SIN LUGAR el presente recurso de hecho interpuesto, por la abogada Abg. NAIS BLANCO USECHE, apoderada judicial del ciudadano CARLOS ARMANDO ARIZALETA GARRIDO, contra el auto dictado en fecha 14 de mayo de dos mil catorce (2014), en el expediente contentivo de la Demanda de Divorcio, signada con el número AP51-V-2013-0014711, por el Tribunal Decimoprimero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, mediante el cual se acordó oír en un solo efecto y con carácter diferido el recurso de apelación interpuesto por la referida Abogada en fecha 05/05/2014. SEGUNDO: Se confirmó en todas y cada una de sus partes, el auto dictado en fecha 14 de mayo de dos mil catorce (2014), por el Juez del Tribunal a quo en el asunto principal signado con el número AP51-V-2013-0014711.