Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN ejercida por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 02 de junio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria.- SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada que declaró Sin Lugar la demanda por Disolución de Sindicato interpuesta por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ALCONCA C.A. (SINTRAALCONCA) contra el SINDICATO DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA EMPRESA DE ALIMENTOS CONCENTRADOS C.A. (SITBALCA).