Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte del Fiscal del Ministerio Público al Ciudadano GONZALO ALEXANDER FARIAS, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en los Artículos 455 en relación ordinal 4° del Código Penal vigente para esa época; en perjuicio del ciudadano: MANUEL ALBERTO CALDERA.
Emplazamiento a las partes
Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.
Instrucción al Secretario
Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y D.....