Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentado por los ciudadanos: LEONARDO JOSÉ GONZÁLEZ BLANCO e YNES COROMOTO SILVA DE GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.179.327 y V- 8.816.577, respectivamente, asistidos por el Abogado ERWIN JESUS CHAVEZ MORA, Inpreabogado N° 230.878. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas Del Estado Aragua, el día 16 de Diciembre de 1993, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 67, Tomo N° 02, del .....