DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano: JOSE ALEXANDER LADERA, titular de la cédula de identidad Nº 16.851.743, DOMICILIADO EN: CALLE LA PARTICIPACION CASA N°45, DEL SECTOR JOSE ANTONIO PAEZ DEL BARRIO SANTA RITA, y en consecuencia ordena su aprehensión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236, en relación con el artículo 237 ordinales 2° y 3° y 238 1° y 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese y remítase la ORDEN a la sede de la Fiscalía del Ministerio Público del Estado Aragua y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Aragua, División de Captura. Regístrese la presente decisión y notifíquese lo conducente, a los fines legales consiguientes. Cúmplase, Regístrese y Publíquese.-