III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana MARIE EUGENIA CRESPO HERNANDEZ, identificada con la cédula de identidad N° V-12.339.477, en su condición de poseedora de las bienhechurías que se encuentran construidas sobre una extensión de terreno de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98,00Mts2), y una superficie de construcción de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98,00Mts2), ubicada en la siguiente dirección: PARROQUIA SAMAN DE GUERE, ASENTAMIENTO CAMPESINO LA MORITA I, SECTOR VILLA VICTORIA, CALLE LIBERTAD, PARCELA Nº91, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, ESTADO ARAGUA, IDENTIFICADA CON .....