III.- DECISIÓN:
Por todas las razones anteriormente expuestas, y en ejercicio de la función jurisdiccional del Estado para amparar la armonía social, con base a los ideales de una justicia accesible, imparcial, transparente, autónoma, responsable, equitativa y expedita este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la pretensión de Amparo Constitucional ejercida por el ciudadano CARLOS EDUARDO VETANCOURT PLAZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V- 2.990.540. en representación de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES E & 777, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 15, Tomo 85-A, en fecha 17 de noviembre de 2005 y debidamente asistido.....