esta sala de juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por OFRECIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA incoada por el ciudadano JULIO RAMÓN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad N° V- 8.453.380, en contra de la ciudadana NOEMY DEL VALLE SUCRE MARCANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.005.402, a favor del niño (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolano, niño, de 03 años de edad, estudiante, de este domicilio.
Ahora bien, en razón de que fue declaro CON LUGAR, el Ofrecimiento de Obligación Alimentaria, la misma queda fijada en la suma de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.220.000,00) mensuales, los cuales ser.....