Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en derecho; y por vía de consecuencia se aparta a la Dra. MARISOL ALVARADO RONDÓN, en su carácter de Jueza del Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de seguir conociendo del juicio de COBRO DE BOLIVARES incoado por la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA contra la sociedad mercantil MAFECA 2000, COMERCIALIZADORA C.A., y los ciudadanos EDUARDO MARTÍNEZ FERNÁNDEZ e INGRID LOUISE ARCHAER.
Dando cumplimiento a lo ordenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia nº 1175 del 23 de noviembre .....