´En relación a la solicitud presentada por los ciudadanos ERIKA YSABEL PINTO HERRERA y ROBERTO ANTONIO PEREZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-10.756.198 y 19.698.317, asistidos por la abogada JENNY ELENA PANDARE, inscrita en inpreabogado N° 166.601, donde solicita que se declare a los ciudadanos ERIKA YSABEL PINTO HERRERA y ROBERTO ANTONIO PEREZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-10.756.198 y 19.698.317 como "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de-cujus, JHONNY GREGORIO PEREZ SANABRIA, quien falleció en fecha 16-05-2025, y en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 6.310.912.
no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuen.....