SIN LUGAR la solicitud de la abogada Leticia Núñez en su carácter de defensora de los acusados Víctor Manuel Matheus Guatarasma y Alberto Rodríguez Peñalver, todo de conformidad los artículos 43 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se mantiene a los referidos acusados, en el Centro de Procesados Militares de Oriente (CENAPROMIL ORIENTE), institución esta que cuanta con las medidas de seguridad necesarias para el resguardo de los internos y con las actividades necesarias de esparcimiento proclamadas en el artículo 272 de la carta magna