DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente DECRETA:
PRIMERO: LA ACUMULACIÓN DE LAS SANCIONES de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de TRES (3) AÑOS Y SEIS (6) MESES, LIBERTAD ASISTIDA, REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de SEIS (6) MESES impuestas al ciudadano: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
SEGUNDO: La remisión del ciudadano: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx al Centro Penitenciario de Aragua, donde cumplirá la medida de Privación de Libertad, por el lapso de TRES (3) AÑOS, DOS (02) MESES Y CATORCE (14) DIAS, contados hasta el día de su imposición (22/10/07).
TERCERO: Las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS .....